La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) publicó el 13 de julio de 2026 sus recomendaciones de buenas prácticas para el uso de gafas inteligentes, en las que advierte de que la luz LED que estos dispositivos encienden al grabar no es suficiente para garantizar la privacidad de quien es grabado. La agencia pide a quienes las usen que avisen de viva voz antes de iniciar una grabación, aunque el dispositivo ya lo indique con su bombillita, y alerta sobre el micrófono: capturar conversaciones ajenas vulnera la normativa.
La responsabilidad recae en quien graba, recuerdan tanto la AEPD como Meta, que desde julio de 2026 refuerza sus Ray-Ban Meta para detectar la manipulación física del LED y apagar la cámara automáticamente. El fabricante presume de que su indicador de captura no tiene interruptor de apagado y de que actúa contra los servicios que ofrecen inutilizarlo. Aun así, el LED es diminuto, fácil de pasar por alto y no exime al usuario de cumplir el RGPD: en cuanto el contenido se comparte en redes, la excepción doméstica desaparece y responde el autor del vídeo, no Meta ni futuros competidores como Samsung o Google.
La AEPD también recuerda que hay espacios donde la grabación está directamente prohibida, como baños, vestuarios o domicilios, donde ni siquiera una advertencia verbal subsana la infracción.
