El pluriempleo, situación en la que un trabajador acumula dos o más empleos por cuenta ajena dentro del mismo régimen de la Seguridad Social, permite engrosar la futura pensión de jubilación al sumar las bases de cotización de cada empresa. Cada empleador cotiza por el salario que paga, lo que eleva la base reguladora utilizada para calcular la prestación. La ventaja, no obstante, tiene un techo: la base máxima de cotización se sitúa en 5.101,20 euros mensuales, de modo que añadir un segundo empleo apenas aporta cuando el sueldo principal ya ronda ese límite, pero sí marca una diferencia notable cuando se está lejos de esa cifra. El artículo subraya además que el efecto solo se consolida si el pluriempleo se mantiene durante varios años; tenerlo durante un par de ejercicios no cambia de forma significativa la pensión final.
La letra pequeña llega al hablar de fechas. La Seguridad Social contabiliza los días cotizados por fechas naturales, sin atender al número de contratos ni a las horas trabajadas. En la práctica, trabajar ocho horas diarias computa igual que hacerlo dieciséis: un segundo empleo no duplica los días cotizados ni permite adelantar la edad de jubilación. Quienes tengan varios trabajos cobrarán más durante la vida laboral y recibirán una pensión mayor, pero no podrán retirarse antes por ese motivo. El artículo apunta, eso sí, a la posibilidad de que el simulador oficial de la Seguridad Social muestre escenarios de jubilación anticipada favorables y lleve al trabajador a decantarse por otras opciones.
