La sentencia del Supremo que recortó las devoluciones en caliente y antecedió la crisis de Ceuta

Fuentes: La sentencia que cambió la frontera de CeutaT2

Un mes antes del colapso fronterizo de Ceuta del 30 de julio, la sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dictó una sentencia de 13 folios que recortó las devoluciones en caliente para los inmigrantes que entran a nado. El fallo, aprobado por unanimidad, considera que la vía marítima no forma parte de los "elementos de contención fronterizos" que la disposición adicional de la ley de extranjería permite sortear con expulsiones sumarias.

La norma fue introducida en 2015 por el Gobierno de Mariano Rajoy tras la tragedia del Tarajal de 2014, en la que murieron 14 personas ahogadas y 23 devueltas desde la playa. El Tribunal Constitucional la avaló en 2021 y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos la respaldó en 2020, pero el Supremo español la ha limitado ahora en un caso individual.

Lo llamativo del fallo es su composición: el ponente, Fernando Román, fue secretario de Estado de Justicia con Rajoy, y el presidente de la sección, Carlos Lesmes, ex alto cargo de Aznar y presidente del CGPJ con el PP. Ambos firmaron junto a dos magistrados progresistas y uno conservador un recorte de una reforma del propio PP. El Supremo sugirió al Gobierno resolver el problema instalando boyas que extiendan la línea de frontera desde el espigón.

Según informes recogidos en redes sociales marroquíes, la decisión judicial alentó las primeras llegadas a nado y contribuyó al efecto llamada que desbordó la frontera, aunque los autores del análisis subrayan que la sentencia por sí sola no explica la magnitud de la crisis ni la inacción de las fuerzas marroquíes.