La multa de 200 euros por adelantar ciclistas entrará en vigor el 1 de octubre

Fuentes: La multa de 200 euros por adelantar ciclistas entrará en vigor el 1 de octubre

El Real Decreto 518/2026, aprobado en junio, modifica el Reglamento General de Circulación en España para regular el adelantamiento de ciclistas. Esta normativa, que entrará en vigor el 1 de octubre de 2026, establece que los conductores deben reducir su velocidad al menos 20 km/h por debajo del límite del tramo antes de iniciar la maniobra de adelantar. En carreteras convencionales con límite de 90 km/h, esto implica que el adelantamiento no se podrá realizar a más de 70 km/h. La medida busca mitigar el efecto Venturi, una turbulencia aerodinámica que puede empujar o atraer al ciclista, aumentando el riesgo de colisión.

El incumplimiento de estas reglas se considerará una infracción grave, con una multa de 200 euros y la pérdida de 6 puntos del carné de conducir. Esta sanción aplica incluso si no hay contacto físico, evaluando si el conductor tenía suficiente espacio y tiempo para adelantar con seguridad. En zonas urbanas, la distancia de seguridad mínima se fija en 5 metros por detrás del ciclista, frente a la ausencia de un mínimo fijo anterior. Además, el reglamento endurece las normas para adelantar vehículos averiados o en condiciones de nieve, con multas similares. Las autoridades prevén un control más estricto en carreteras secundarias y convencionales, áreas históricamente propensas a siniestralidad entre coches y bicicletas.