La Audiencia Nacional declara nulo el control visual de bolsos de los empleados de H&M en el último turno

Fuentes: La Audiencia Nacional exige a H&M que deje de revisar los bolsos de su plantilla por suponer una invasión de la intimidadT2

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha declarado nulo el control visual diario de los bolsos de los empleados de H&M que trabajan en el último turno de la cadena textil, así como el registro aleatorio y mensual de sus taquillas. Los magistrados estiman la demanda presentada por UGT, a la que se adhirió CCOO, y consideran que ambas prácticas vulneran la intimidad de los trabajadores.

La sentencia explica que la filial española del grupo sueco realizaba una revisión visual del bolso del empleado a la salida por la puerta de personal, una vez fichado, por parte del manager o personal de seguridad. Los empleados de otros turnos no estaban sometidos a este control porque salían por la puerta principal, dotada con arcos de seguridad. En cuanto a las taquillas, la apertura aleatoria la llevaba a cabo el propio empleado bajo la supervisión visual de un responsable.

El tribunal recuerda que el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores permite al empresario fijar medidas de vigilancia y control, pero estas deben respetar la dignidad de los empleados y resultar imprescindibles, equilibradas y proporcionales. La empresa alegó que la medida perseguía evitar hurtos internos, pero la Sala considera que no ha acreditado ni el volumen de pérdidas ni su imputación a los empleados. En los últimos tres años, las extinciones disciplinarias por hurto afectaron a seis trabajadores sobre una plantilla aproximada de 4.600, un dato que, a juicio del tribunal, descarta la existencia de una situación fáctica que justifique la medida.

La Audiencia también estima que existen alternativas menos invasivas con la misma eficacia, como instalar arcos de seguridad en las puertas de acceso del personal, por lo que el control resulta innecesario. En consecuencia, ordena a H&M cesar de inmediato en la aplicación de ambas medidas y concluye que las prácticas lesionan el artículo 18.1 de la Constitución.