La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha declarado improcedente el despido disciplinario de un trabajador de un astillero que abandonó su puesto tras discutir con un compañero, sin avisar a la empresa. El tribunal gallego revoca así la sentencia inicial del Juzgado de lo Social número 1 de Ferrol, que había declarado el despido procedente.
Los magistrados argumentan que el abandono del puesto sin justificación es una infracción grave, pero no basta para justificar el despido si el perjuicio causado a la empresa o a la plantilla no está especialmente cualificado. En este caso, consideran que no se ha acreditado riesgo para la salud de los demás trabajadores, ni accidente laboral, ni un perjuicio equivalente para la empresa. Por tanto, aplicando un criterio de proporcionalidad, concluyen que no procede la máxima sanción disciplinaria.
La Sala tampoco aprecia que los hechos encajen en la infracción muy grave del convenio siderometalúrgico de A Coruña relativa a fraude, deslealtad o abuso de confianza, ya que la conducta, aunque errática o caprichosa, no constituye infracción disciplinaria. El TSXG condena a la empresa a readmitir al trabajador con abono de los salarios de trámite o a indemnizarle con 11.462,27 euros, a elección de la compañía en un plazo de cinco días desde la notificación. La resolución no es firme y cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
