El Consejo de Ministros ha aprobado la actualización de la Ley Antitabaco, la primera gran reforma en 16 años, que equipara los vapeadores y las bolsas de nicotina al cigarrillo tradicional. La norma prohíbe fumar y vapear en nuevos espacios como terrazas, andenes y piscinas, y veta el consumo a los menores, que antes solo tenían restringida la compra. En el ámbito de la movilidad, la prohibición dentro de los vehículos se limita a los de uso profesional: taxis, VTC y coches compartidos de empresa rotativos, mientras que los vehículos de uso exclusivo por un único trabajador quedan fuera de la restricción. Las sanciones por incumplir la ley serán de 200 euros, equivalentes a una falta grave. La norma no introduce cambios en la Ley de Tráfico, por lo que no se contempla la detracción de puntos del carné. Hasta ahora, fumar al volante solo podía sancionarse de forma indirecta, con multas leves de 80 euros por pérdida de atención al volante al amparo de los artículos 10.2 y 13.2 de la Ley de Tráfico, una interpretación que abarcaba desde beber agua hasta ajustar la radio. La reforma deja así sin efecto los rumores sobre una prohibición general de fumar en el coche o cuando viajen menores, y mantiene intacta la multa de 500 euros por arrojar colillas desde el vehículo, vigente desde 2022.
