El sistema Verifactu obligará a empresas y autónomos a adaptar sus programas de facturación a partir de 2027, según el calendario fijado por el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre. La primera fecha clave es el 1 de enero de 2027, cuando la obligación entra en vigor para las sociedades que tributan por el Impuesto sobre Sociedades, incluidas las patrimoniales. El 1 de julio de 2027, la exigencia se extiende al resto: autónomos en IRPF, comunidades de bienes y demás profesionales que emiten facturas. A lo largo de 2026, los negocios pueden ir adelantando la transición.
La norma exige que el software de facturación genere un registro por cada factura emitida, con huella digital única, código QR de verificación y controles que impidan alterar o borrar datos sin dejar rastro. Quedan alcanzadas las facturas completas, las simplificadas y los tickets. Hacienda persigue así una mayor trazabilidad, inalterabilidad de los registros y control automatizado frente al fraude.
El incumplimiento lleva aparejadas sanciones, con multas que pueden superar los 50.000 euros en los casos más graves, aplicables por ejercicio o periodo incumplido. La recomendación es revisar con tiempo si el programa actual es compatible con Verifactu o si conviene sustituirlo, consultando al proveedor tecnológico y adaptando los procesos internos antes de que llegue la fecha definitiva.
