La justicia da la razón al Ayuntamiento de Vitoria en el litigio por un edificio donado con la condición de 108 misas anuales

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La magistrada Cristina Rodríguez Ruiz, del Tribunal de Instancia de Vitoria, ha desestimado la demanda de los descendientes de Eulalia Virginia Sáez de Ormijana, fallecida en 1979, que solicitaban la nulidad de la herencia del edificio de Florida, 28, actualmente propiedad del Ayuntamiento. La donante cedió el inmueble al hospicio municipal con la condición de que se celebraran 108 misas anuales a perpetuidad en su memoria con cargo a las arcas públicas, una obligación que el consistorio no ha cumplido.

La sentencia, dictada el 17 de junio, distingue entre las condiciones resolutorias y las cargas modales en una herencia. Rodríguez Ruiz argumenta que la obligación de las misas, impuesta a perpetuidad, debe interpretarse como una carga y no como una condición, por lo que su incumplimiento no anula la transmisión de la propiedad. La magistrada también cuestiona el interés tardío de los herederos, que en 40 años no mostraron preocupación por la memoria espiritual de la causante.

El inmueble, situado en el centro de Vitoria, formaba parte de un plan urbanístico municipal de venta que quedó bloqueado cuando el último inquilino, ante la amenaza de desahucio, descubrió el incumplimiento de la voluntad testamentaria. La sentencia contiene una errata al referirse a un inexistente "José Luis" en lugar del inquilino real. El fallo no es firme y las partes han anunciado recurso ante la Audiencia Provincial.