España, miembro de la OTAN desde 1982, enfrenta una paradoja legal y estratégica: mientras Canarias queda cubierta por el artículo 6 del Tratado del Atlántico Norte por su ubicación al norte del Trópico de Cáncer, Ceuta y Melilla no encajan inequívocamente en el perímetro geográfico del artículo 5. Esta discrepancia, derivada de la redacción original del tratado en 1949, genera dudas sobre la respuesta automática de la Alianza ante una agresión marroquí en los territorios españoles del norte de África. Aunque la cumbre de Madrid de 2022 y el nuevo Concepto Estratégico de la OTAN han reforzado el compromiso de defender "cada centímetro" del territorio aliado, la activación del artículo 5 sigue siendo una decisión política que requiere interpretación. Javier Colomina, jefe de la OTAN en el flanco sur, ha aclarado que la Alianza respondería políticamente si España invocara el artículo 5, pero la falta de claridad en la delimitación territorial crea una vulnerabilidad en la disuasión. Además, la naturaleza de las amenazas híbridas y las crisis fronterizas añade complejidad, ya que determinar si una acción constituye un ataque armado o una campaña híbrida grave es difícil. La Unión Europea ofrece una segunda red de seguridad a través de su artículo 42.7, que obliga a prestar ayuda y asistencia, aunque no existe un ejército europeo automático para desplegar fuerzas en estos territorios. Esta situación subraya la necesidad de clarificar los mecanismos de defensa colectiva ante amenazas asimétricas en el contexto actual.
