El Tribunal Supremo ha fijado doctrina sobre quién puede recurrir una eutanasia ya avalada por médicos, tras una sentencia con división interna: 23 magistrados avalan con condiciones que un familiar pueda impugnar la muerte digna, mientras que nueve discrepan y lo califican de injerencia injustificada en el derecho a morir. El fallo resuelve el caso de Francesc A., un hombre de Barcelona de 50 años con la eutanasia paralizada por el recurso de su padre.
El Alto Tribunal aprovecha para reclamar al Congreso un cambio legal que diseñe un procedimiento judicial específico, con plazos abreviados en días naturales, para evitar demoras como las sufridas por Noelia y Francesc, cuyos recursos tardaron cerca de dos años en resolverse. La oposición de Vox y el contexto de final de legislatura dificultan la reforma.
La sentencia establece dos requisitos para que un familiar pueda impugnar: acreditar un vínculo afectivo cualificado y persistente con el solicitante, y aportar indicios racionales de que la eutanasia se concedió sin cumplir las exigencias legales. El voto particular considera que solo la Fiscalía debería estar legitimada para recurrir, al entender que permitir a familiares judicializar estas decisiones devalúa el derecho constitucional a una muerte digna.
