La muerte de una persona desencadena un problema cada vez más complejo: decidir qué ocurre con sus archivos en la nube, su correo electrónico, sus redes sociales y sus criptomonedas. Sin un inventario previo de esos activos digitales, los familiares no saben qué existe ni qué hacer con ello, y el volumen de datos puede convertir la herencia en una pesadilla burocrática.
En Estados Unidos, la cuestión se rige principalmente por la Revised Uniform Fiduciary Access to Digital Assets Act (RUFADAA), una ley modelo elaborada por la Uniform Law Commission y ya en vigor en 48 estados, el Distrito de Columbia y las Islas Vírgenes estadounidense. Su objetivo es equilibrar los derechos de los herederos con la privacidad del difunto y con la Stored Communications Act federal, que prohíbe a las empresas entregar contenidos digitales sin permiso expreso del titular. En la práctica, un fiduciario puede cerrar cuentas y, solo si el testador lo dejó escrito, acceder al contenido de correos, fotos o mensajes.
Las herramientas nativas que ofrecen Google, Apple o Meta para designar un contacto de legado presentan limitaciones: obligan a que esa persona tenga cuenta en la misma plataforma, requieren acreditar el fallecimiento sin un procedimiento claro y no cubren supuestos como identidades falsas o falta de datos verificables. Los gestores de contraseñas y los inventarios caseros son alternativas mejores, pero tampoco infalibles: la autenticación biométrica, por ejemplo, puede bloquear el acceso aunque se conozcan las claves. Por eso, los expertos recomiendan dejarlo todo por escrito, sin incluir contraseñas en el testamento, y recurrir a profesionales para criptoactivos y cuentas con valor económico.
