El Consejo de Ministros aprobó este martes el proyecto de Ley de Violencia Vicaria, que tipifica como circunstancia agravante por razón de género en el Código Penal causar daño a los hijos, menores, ascendientes o hermanos de la pareja o expareja con el objetivo de hacer sufrir a la mujer. La norma, copropuesta por los ministerios de Igualdad, Justicia e Infancia, modifica diez leyes e introduce la definición de violencia vicaria en la Ley Integral de Violencia de Género, sin crear un delito específico.
El texto establece la retirada automática de la patria potestad tras sentencia firme por un delito grave de violencia de género o contra los hijos, recuperable solo tras cumplir la condena y cancelar los antecedentes. También prevé la suspensión de la guardia y custodia y del régimen de visitas cuando el progenitor esté incurso en un procedimiento judicial, existan indicios de violencia o pueda resultar perjudicial para los menores. Los jueces tendrán la obligación legal de escuchar a los hijos en todos los procesos.
El proyecto añade una pena accesoria para quienes difundan mensajes, textos o imágenes relacionados con el delito, medida surgida tras la polémica por el libro "El odio" de José Bretón, retirado por la editorial Anagrama. Además, la estadística de víctimas mortales por violencia de género incorporará de forma diferenciada a hijos, familiares y pareja de la mujer. La ministra de Igualdad, Ana Redondo, defendió que "un maltratador nunca puede ser un buen padre" y que ello debe tener consecuencias en el orden civil.
