El dinero del regalo de boda tributa como donación: claves fiscales y errores frecuentes

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El dinero recibido como regalo de boda no está exento de impuestos: Hacienda lo considera una donación y, por tanto, queda sujeto al Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Así lo explica la consultora financiera Cassandra Gassó, quien aclara que declarar no siempre implica pagar, ya que el impacto fiscal varía según el importe y la comunidad autónoma. En una boda de 100 invitados, con un regalo medio de 150 a 200 euros por asistente, los recién casados pueden reunir entre 15.000 y 20.000 euros.

La trazabilidad de los ingresos resulta clave para evitar problemas con Hacienda. Las operaciones bancarias (Bizum o transferencias) son las más fáciles de justificar porque quedan registradas. En el caso del efectivo, conviene anotar quién entrega cada cantidad, cuándo se recibe y conservar el justificante de ingreso, ya que las entidades financieras deben informar a Hacienda de los ingresos superiores a 3.000 euros por la normativa antiblanqueo.

Superado el trámite fiscal, Gassó recomienda gestionar ese capital con planificación. Los errores más comunes son dejarlo en una cuenta corriente, donde pierde valor por la inflación, o gastarlo como un ingreso extra. La experta aconseja empezar por crear o reforzar un fondo de emergencia, revisar deudas pendientes y definir objetivos a corto, medio y largo plazo (compra de vivienda, llegada de hijos o proyectos familiares). Para rentabilizar el sobrante, sugiere cuentas remuneradas a corto plazo, depósitos o productos moderados a medio plazo y, a largo plazo, una estrategia de inversión planificada que permita hacer crecer el patrimonio de la pareja.