El Bundesgerichtshof (BGH) alemán ha reconocido el derecho de un candidato a una indemnización por daño moral al amparo del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) tras un error de una empleada de Quirin-Bank al enviar por Xing, en octubre de 2018, un mensaje confidencial sobre un proceso de selección a un tercero no implicado. La comunicación revelaba el apellido del candidato, su género, la valoración que la entidad hacía de su perfil y una oferta salarial de 80.000 euros más retribución variable.
El BGH (Az. VI ZR 97/22) descarta el argumento del banco de que el apellido no constituía dato personal y subraya que basta con que la persona sea identificable. Además, señala que el daño se materializó cuando el tercero leyó el mensaje y contactó al afectado, lo que convirtió el riesgo abstracto de uso indebido en una consecuencia acreditable. El tribunal confirma también que la fundada temor a un uso futuro puede constituir daño moral.
El demandante fracasó, en cambio, en su solicitud de cesación: el BGH considera que no existe peligro de reiteración, pues el proceso selectivo ya concluyó y el incidente fue excepcional. El Oberlandesgericht de Fráncfort deberá ahora fijar la cuantía, que, según la jurisprudencia del BGH de noviembre de 2024, suele situarse en cifras bajas de dos o tres dígitos.
