Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social, ha detallado las condiciones para acceder a los complementos de maternidad y brecha de género, destacando que la fecha de generación de la pensión es determinante. Según su explicación, las pensiones generadas antes de 2016 no tienen derecho a estos complementos, independientemente de cuándo se soliciten. Para las pensiones reconocidas entre 2016 y 2021, el complemento de maternidad aplica desde el segundo hijo y se calcula como un porcentaje: 5% con dos hijos, 10% con tres y 15% con cuatro o más. En cambio, el complemento de brecha de género, vigente desde febrero de 2021, se abona desde el primer hijo con una cuantía fija. Muñoz señala que, entre 2016 y 2021, ambos progenitores pueden cobrar el complemento de maternidad simultáneamente, mientras que desde 2021 solo uno de ellos puede percibir el complemento de brecha de género, el que corresponda al progenitor con la pensión de menor cuantía. Esta distinción legal responde a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 3/2021 y a la posterior sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 15 de mayo de 2025, que igualó los derechos de los hombres y mujeres en este aspecto.
